Fuente: Madrid/Geoscopio.
La normativa establece la gestión, ambientalmente correcta, de los residuos derivados de los envases de productos fitosanitarios. Entre estos productos se encuentran los plaguicidas, herbicidas y fungicidas de uso agrícola y destinados a la jardinería industrial.
El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado viernes un Real Decreto por el cual los productos fitosanitarios deberán ser puestos en el mercado garantizando que su residuo de envase sea gestionado a través del sistema de depósito, devolución y retorno, o, alternativamente, a través de un sistema integrado de gestión de residuos de envases y envases usados.
Según el Real Decreto, los sistemas integrados de gestión, representados por entes creados al efecto, deberán tener capacidad suficiente para implantar sistemas de recogida selectiva de los residuos de envases que permitan su entrega y recogida con todas las garantías ambientales, así como demostrar que el reciclado o la valorización de los residuos de envases recogidos se llevarán a cabo con todas las garantías sanitarias y ambientales.
La Ley de envases y residuos de envases de 1997, establecía que al poseedor final le correspondía la recogida de los envases industriales o comerciales, a menos que los envasadores decidieran, voluntariamente, ponerlos en el mercado al igual que los envases de consumo doméstico.
Con este nuevo Real Decreto, se establece que determinados envases industriales o comerciales que presenten características de peligrosidad o toxicidad, como es el caso de los plaguicidas, herbicidas y fungicidas de uso agrícola y destinados a la jardinería industrial, sean gestionados por el sistema de depósito, evolución o retorno o, alternativamente, a través de un sistema integrado de gestión.
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